Condenan a la Provincia y a un expolicía a pagar más de $150 millones por un caso de gatillo fácil

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A casi dos décadas del trágico episodio, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de San Martín ordenó una millonaria reparación económica en favor de los familiares de Emmanuel Damián Montero, el joven de 25 años que murió el 9 de enero de 2008 tras recibir un disparo efectuado por un efectivo de la Policía bonaerense durante un procedimiento.

En un fallo de segunda instancia, los jueces del Fuero Contencioso Administrativo readecuaron las cifras fijadas en el pronunciamiento civil del año 2021, considerando la depreciación monetaria y el paso del tiempo. De este modo, la indemnización total en favor de la madre, la expareja, la hija y el padre del joven ascendió a $153 millones a valores actuales, monto al que deberán sumarse los intereses legales computados desde la fecha del crimen.

El caso penal derivó en su momento en la condena del entonces agente David Alfredo Escarlón, quien recibió 8 años de prisión de cumplimiento efectivo y 10 años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el delito de homicidio simple, veredicto que fue confirmado y dejado firme por la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense.

Persecución, disparo fatal y el reclamo de la familia

El trágico hecho comenzó la mañana del 9 de enero de 2008, cuando Emmanuel Montero y un primo perseguían a bordo de un vehículo a un grupo de delincuentes que minutos antes les había sustraído una motocicleta. En medio de la persecución, intervino el policía Escarlón, quien efectuó disparos con su arma reglamentaria e impactó mortalmente contra la víctima.

A raíz del deceso, la madre de Emmanuel, su expareja en representación de su hija menor de edad, y el padre de la víctima iniciaron demandas acumuladas contra el Estado bonaerense y contra el policía en forma particular. Sin embargo, la trayectoria del expediente sufrió un giro en 2016, cuando la Suprema Corte de Justicia provincial hizo lugar a la prescripción planteada por la Fiscalía de Estado respecto del reclamo impulsado por el padre, por lo que la condena hacia este último recayó de forma exclusiva sobre el expolicía.

En tanto, respecto de la demanda del resto del núcleo familiar, el fallo determinó la responsabilidad solidaria entre la Provincia de Buenos Aires y el exagente condenado.

Rechazo a la figura de «acto de servicio»: Durante las apelaciones, la defensa del policía pretendió que el Estado provincial asumiera la totalidad de la condena alegando un «acto de servicio». Sin embargo, el tribunal desestimó el argumento de plano, enfatizando que Escarlón fue condenado penalmente de forma firme por un homicidio simple y no por un accionar legítimo o de legítima defensa.

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