La Corte Suprema confirmó la condena perpetua por un brutal crimen en Lanús

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La Corte Suprema de Justicia dejó firme la prisión perpetua de un hombre que mató con alevosía a su ex mujer, que lo había denunciado por violencia de género, huyó y estuvo prófugo 14 años hasta que la amiga de la víctima lo reconoció cuando estaba de vacaciones con su nueva familia. Según se probó en el juicio, el objetivo del homicidio fue quedarse con la casa en que la mujer vivía con sus hijos. El hecho ocurrió en Valentín Alsina, partido de Lanús.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por inadmisible el recurso que había impulsado el acusado diciendo que se había lesionado el derecho de defensa en juicio.

El 15 de diciembre de 2006, Andrés Roberto Arias pasó por la casa donde vivía su ex mujer, Mónica Ríos, en la localidad bonaerense de Valentín Alsina, con sus tres hijos. Ríos llevaba a los niños a la casa de su hermano y su ex pareja la acompañó, pese a que ya pesaba en su contra una perimetral que le prohibía el cercamiento en el marco de una denuncia por violencia de género. Según el expediente, Arias quería que la mujer y los chicos abandonaran la casa en la que vivían para ocuparla él y la habría convencido de dialogar para buscarle un departamento donde alquilar.

Pero al pasar por un descampado, al lado de las vías del ferrocarril, ambos en sendas bicicletas, la chica se cayó y el hombre la arrastró de los pelos por la calle, sacó un arma y le efectuó cinco disparos. Antes de huir, le robó la mochila con las llaves de la casa. A los pocos días, el lugar fue ocupado bajo amenaza de arma de fuego por familiares del acusado.

Arias estuvo prófugo hasta 2020 cuando estaba de vacaciones con su entonces pareja y su hija en Mar del Plata. Una amiga de Mónica Ríos lo reconoció y le avisó a la policía que era un prófugo. Al identificarlo, Arias quedó detenido. Ya había logrado sortear a la policía en 2015. Un control policial lo identificó, pero no tenían información sobre el delito por el que lo buscaban. Cuando la policía fue a su casa a detenerlo, ya se había fugado.

Su defensa buscó hacer caer la causa porque el delito había prescripto porque se trataba de un homicidio simple. No podía aplicarse la figura de femicidio porque no estaba vigente al momento de los hechos, pese a que la víctima había denunciado a su ex pareja en una decena de oportunidades en la comisaría. Pero la fiscalía lo acusó de homicidio agravado por alevosía.

En 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº 10 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora condenó a Arias, de entonces 55 años, a prisión perpetua por considerarlo responsable de “homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía y para preparar y facilitar la turbación de la posesión de un inmueble, agravado genéricamente con uso de arma de fuego”. La Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó el recurso de la defensa, y la Suprema Corte de Justicia bonaerense desestimó la queja. La defensa buscó revertir su suerte ante el máximo tribunal de la Nación, pero los ministros desestimaron la presentación bajo el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.