El pasado sábado 5 de septiembre, en simultáneo con la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley N.º 27.801) a nivel nacional, se ejecutó un fallo judicial que otorgó la inmediata libertad a un hombre de 36 años que cumplía una pena firme de 35 años de prisión por delitos cometidos durante su adolescencia. La decisión le permitió abandonar el penal 17 años antes del agotamiento de la condena.
La resolución fue dictada por la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Jorge Luis Rimondi, Gustavo A. Bruzzone y Mauro A. Divito. Los magistrados hicieron lugar al recurso formulado por la abogada defensora Claudia Cesaroni, al constatar que la nueva legislación fija un techo máximo de 15 años de detención para las personas procesadas por hechos cometidos siendo adolescentes.
El imputado, identificado por las iniciales V.V., fue encarcelado en abril de 2008 cuando contaba con 17 años de edad, habiendo cumplido de forma efectiva 18 años y cuatro meses en distintas unidades carcelarias.
Aplicación de la ley más benigna y cuestionamientos al sistema de encierro
El fallo fundamentó la medida en la articulación entre el artículo 19 de la Ley 27.801 —que prohíbe la prisión perpetua para adolescentes y establece el tope de 15 años— y los principios del Código Procesal Penal que habilitan la revisión de sentencias firmes ante la promulgación de una ley penal retroactiva más benigna. La postura fue respaldada durante la audiencia por las fiscales de Casación Susana Pernas y María Luisa Piqué.
Tras lograr la excarcelación de su defendido, la abogada Cesaroni enfatizó la falta de dispositivos estatales de acompañamiento postpenitenciario y criticó las deficiencias en la contención institucional de los jóvenes en conflicto con la ley.
Defensa del principio de reinserción: «Las personas que son condenadas por delitos cometidos cuando eran menores de edad deberían tener una ejecución de pena orientada a la reintegración social. Estuvo más de 18 años privado de la libertad bajo una pena desproporcionada que cristaliza el encierro en lugar de favorecer su vuelta a la sociedad», afirmó la letrada.